Una donación es una liberalidad de alguien que transmite gratuitamente algo que le pertenece a favor de otra persona que lo acepta.
La donación de bienes culturales es una de las principales formas que tiene el Museo del Aire y del Espacio (en adelante MAA), de aumentar sus colecciones.
Mediante el presente documento, el MAA pretende informar a todas aquellas personas que pretendan donar un objeto, de los trámites adecuados para hacerlo de acuerdo con la legislación vigente.
Procedimiento para donación de bienes culturales al Museo del Aire y del Espacio
- Es recomendable un contacto telefónico inicial con el Museo (915095644 extensión: 5677), o a través del e-mail museodelaire@ea.mde.es para una evaluación previa del interés de la pieza; pero el paso principal es la Oferta de donación* por escrito por parte del propietario, que incluirá la descripción detallada del bien y una fotografía actual, identificación del titular, y declaración expresa de propiedad de dicho bien. Desde el MAA, podrán facilitarse formularios-tipo.
- Si la oferta resulta de interés del MAA, podrá solicitarse del ofertante el depósito del bien en el Museo, para su estudio detallado.. Finalmente, se emitirá informe sobre le pertinencia de la aceptación del bien, de acuerdo con los criterios científicos establecidos.
- La Dirección del MAA informará de la oferta y remitirá la documentación al Ministerio de Cultura para su resolución Siguiendo los mandatos de la Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español, disposición adicional octava.
- En función de los informes presentados, si se acepta la oferta, se procederá a la tramitación de la Orden Ministerial; o bien se desestimará la oferta, procediéndose al levantamiento del depósito temporal.
- La resolución adoptada se comunicará tanto al MAA como al ofertante interesado
A pesar de los comprensibles deseos de muchos donantes, el MAA no puede comprometerse a exponer todos los objetos que se le donan, por lo que no se aceptarán donaciones condicionadas, en este u otro sentido.